
Exención de Responsabilidad Penal en las Empresas
Estas son las preguntas que debe hacerse la dirección de la empresa y cómo saber si cuenta con el salvoconducto necesario para poder alcanzar la exención en el caso de que su responsabilidad y su reputación se vean comprometidas por la comisión de un delito en su seno. 1. ¿Qué delito se cometió? El CódigoResponsabilidad Penal de las Personas Físicas en el seno de estructuras organizadas.
Uno de los temas más recurrentes últimamente es el de la responsabilidad penal de las personas jurídicas,debido principalmente a la novedosa regulación del artículo 31 bis del C.P; pero si se quiere obtener una visión global de la responsabilidad penal en el mundo de la empresa actual debe abordarse el fenómeno complementario de cómo respondenLos programas de Compliance, una necesidad en la prevención de la Responsabilidad Penal Empresarial.
Tal como comentamos en un post anterior, desde la reforma del Código Penal operada por la Ley 5/2010, de 11 de junio, la responsabilidad penal de las personas jurídicas ha pasado a formar parte de nuestro ordenamiento. Y, si es verdad que hasta hace poco no se hablaba del tema, recientes noticias en medios deCuatro decisiones jurisprudenciales en materia de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
Como sabemos, la responsabilidad penal de las personas jurídicas Introducida en la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modificaba el Código Penal y remodelada en la reforma recién aprobada que entrará en vigor el 1 de julio de este año, es un tema aún novedoso en nuestra ordenamiento. Estamos todosUtilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que está de acuerdo con la Política de cookies.