La Política de Compliance le permite a la Administración o Dirección de la organización fijar el punto de partida de su sistema integral de Compliance Penal, definiendo el alcance y los objetivos del mismo.
Es un documento que demuestra el compromiso de la Administración con el sistema de Compliance (Tone at the Top) y que sirve de marco para la implementación del sistema de gestión.
El riesgo de no contar con una Política de Compliance es que sin ella se dificulta la gestión y no se podrá demostrar ante terceros o ante los Tribunales, que se cuenta con un documento único y exclusivo que rige el diseño del sistema.
¿Cómo la desarrollamos?
Mediante un análisis a la organización, sus valores, estructura, jerarquías e interrelación entre los profesionales que la conforman, que nos permite comprender cuál es la realidad.
Evaluamos también el apetito de riesgo de los stakeholders y en función de ello diseñamos la Política de Compliance que sirva de marco para que la organización cuente con un recurso útil y orientado al cumplimiento normativo.
Atributos
¿Quién debe contar con una Política de Compliance?
- Empresas que operan en sectores altamente regulados.
- Pymes
- Empresas medianas
- Grandes empresas
- Asociaciones Civiles y Organizaciones No Gubernamentales (ONG).
Normativa de referencia
- Norma UNE 19601 sobre sistemas de Compliance Penal.
- Norma ISO 19600:2015 sobre sistemas de gestión de Compliance.
- Norma ISO 37001:2016 sobre sistemas de prevención de la corrupción.